Todos los jóvenes
de 18 a
25 años tendrán acceso sin restricciones al sistema de salud – Boletín de
Prensa No 182 de 2014 Min. Salud - 25/06/2014.
El pasado 25 de junio en todos los medio
nacionales cubrieron la noticia, el presidente anunciaba un decreto mediante el
cual los jóvenes entre los 18 y 25 años de edad podrían acceder como
beneficiarios de la seguridad social de sus padres, al derecho a la salud,
óigase bien sin restricciones, ni
requisitos.
Jóvenes entre 18 y 25 años podrán ser beneficiarios de salud sin
requisitos: El presidente anunció que estudiar ya no será una exigencia para que
los adolescentes continúen siendo beneficiados de los cotizantes al sistema.
“Todo joven entre los 18 y los
25 años de edad que no esté empleado o cotizando como independiente, y cuyos
padres coticen al régimen contributivo, estará afiliado al sistema de salud
como beneficiario”. Estas fueron
las palabras del presidente Santos en alusión al Decreto 1164 de 2014 “Por el cual se distan disposiciones para acreditar la condición de
beneficiario del Régimen Contributivo mayor de 18 y menor de 25 años, en el
marco de la cobertura familiar.”,
Por un caso cercano estuve indagando
sobre el alcance de tan anunciado y benéfico decreto, pero al ir a la a una ESP a hacer el trámite esta fue la respuesta:
- Se debe traer fotocopia del
documento de identidad del joven, una declaración extra juicio expedida
por un notario.
- Esto lo debe hacer después de que se
posesione el presidente, es decir
después del 7 de agosto.
Curioso pues el sonado decreto termina diciendo, comunicase y
cúmplase, y esta fechado del 25 de junio de 2014. A raíz
de esto llame busque el decreto para leerlo y pues o sorpresa, desde mi lectura como sociólogo y no abogado
aclaro, el decreto no dice en ninguna parte, lo que dicen que dicen, es decir “Todos los
jóvenes de 18 a
25 años tendrán acceso sin restricciones al sistema de salud” Pueden consultarlo ustedes mismos y si alguien
sabe de derecho o de hermenéutica jurídica, que me explique. (Acá está el link Decreto 1164 de 2014). Aun con la duda llame a la Superintendencia
de Salud, a que me dieran más información y esta fue la respuesta:
- El decreto entra en vigencia
el 25 de Julio de 2014, Curioso pues el sonado decreto termina diciendo, comunicase y cúmplase, y esta
fechado del 25 de junio de 2014.
- El decreto
elimina el trámite de tener que allegar certificado de estudios a las ESP
para que los jóvenes entre 18 y 25 pudieran acceder como beneficiarios de
sus padres a la salud, ahora las ESP pueden consultar esta información en
una base de datos.
En otras palabras lo que se
eliminó fue un tramite, pero se mantienen el requisito, para que los jóvenes
entre 18 y 25 años puedan ser beneficiarios de la seguridad social en salud de
sus padres, para estos deben estar estudiando
con dedicación exclusiva. Lo que quiere decir que nos vendieron una gran mentira,
los jóvenes que no estén estudiando con dedicación exclusiva, no pueden ser
beneficiarios de la salud de su padre, o al menos el decreto no dice eso. Esto dice el Decreto 1164 de 2014 Por el
cual se dictan disposiciones para acreditar la condición de beneficiario del
Régimen Contributivo mayor de 18 y menor de 25 años, en el marco de la
cobertura familiar.
Artículo 1°. Objeto. El
presente decreto tiene por objeto establecer
la forma y fuente de información que, a partir de la entrada en vigencia de
este decreto, deberán consultar las Entidades Promotoras de Salud para verificar
la condición de beneficiario de los hijos mayores de 18 años y menores de 25 de un cotizante del Régimen
Contributivo, que sean estudiantes con dedicación exclusiva a esta actividad.
Mas claro no puede ser o que alguien me explique.
De
tal manera que los jóvenes mayores de 18 años y menores de 25, que no estén laborando y por ende puedan como cotizar salud y pensión ESTÁN JODIDOS, para ellos la salud
sigue siendo una mercancía que no pueden comprar. Un agravante, para acceder a la salud tienen
que aportar también a pensiones (unos $175.000 Pesos mensuales) aunque también
hay otro falaz decreto el Dec. 1623
de 2013 que dice que no, pero intenten afiliarse a una EPS y digan
que solo pueden cotizar a salud a ver como les va, con COOMEVA fue imposible e
incluso me dijeron que era ilegal y que no lo podían hacer y no creo que no
conozcan el Dec. 1623
de 2013.
Sin
más carreta, en conclusión los jóvenes mayores de 18 años y
menores de 25, que no estén estudiando con dedicación exclusiva no pueden ser
beneficiarios de la salud de sus padres, como falazmente lo anunciaron tanto el Presidente de la Republica y su Ministro de
Salud, o será que ellos no leyeron el
decreto antes de firmarlo, casos se han visto.
Frente a esto yo solicito como ciudadano,
QUE
EL MINISTERIO DE LA SALUD Y
EL PRESIDENTE DE LA
REPUBLICA EXPLIQUEN EL ALCANCE DE DICHO DECRETO, SU
APLICABILIDAD Y ENTRADA EN VIGENCIA.
Pido respeto y exijo que no generen
falsas expectativas, pero que sobre todo
sean serios en el manejo de un tema tan delicado y socialmente sensible como la
salud en particular la de lo jóvenes,.
No más mentiras, ni información
distorsionada, bañada de populismo. E invito a los jóvenes mayores de 18 años y menores de 25, a sus padres y a toda la
ciudadanía a que se manifiestes y soliciten la información a sobre el alcance y
la entrada en vigencia del Decreto 1164 de 2014, les dejo un Modelo
De Derecho De Petición con los datos de adonde los pueden enviar.
No nos
pueden seguir tratando como tontos, no nos pueden seguir diciendo mentiras, y
la salud debe ser un DERECHO y no
negocio.
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